Licencias laborales por ley

Cuántos días te corresponden por casamiento, nacimiento de un hijo, exámenes, enfermedad y otras situaciones.

Licencias especiales (art. 158 de la LCT)

MotivoDías
Nacimiento de un hijo (otro progenitor)2 días corridos
Matrimonio10 días corridos
Fallecimiento del cónyuge o conviviente, hijos o padres3 días corridos
Fallecimiento de un hermano1 día
Examen en la secundaria o la universidad2 días corridos por examen, hasta 10 por año

Son licencias pagas: cobrás el sueldo normal. Muchos convenios colectivos dan más días; revisá el tuyo. Para las licencias por examen, la ley exige presentar el comprobante de que rendiste.

Licencia por maternidad

Son 90 días: en general 45 antes y 45 después del parto, aunque se puede pedir tomar 30 antes y 60 después. Durante la licencia no cobrás sueldo del empleador sino una asignación de ANSES equivalente.

Enfermedad o accidente inculpable

Si te enfermás o te accidentás fuera del trabajo, seguís cobrando tu sueldo durante:

Tenés que avisarle al empleador y presentar el certificado médico. Si el accidente o la enfermedad es por el trabajo, lo cubre la ART.

Vacaciones

Entre 14 y 35 días corridos por año según tu antigüedad. Mirá la guía de vacaciones.

Guía orientativa basada en la Ley de Contrato de Trabajo. La reforma laboral de 2026 (Ley 27.802) cambió otros puntos, como las vacaciones; revisá tu convenio colectivo y, ante dudas, consultá en el Ministerio de Trabajo.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de licencia tengo por casamiento?

La Ley de Contrato de Trabajo da 10 días corridos de licencia paga por matrimonio. Algunos convenios dan más.

¿Cuántos días de licencia por paternidad hay en Argentina?

La ley general da 2 días corridos por nacimiento de un hijo. Muchos convenios y empresas otorgan más.